Derechos PAC: qué son y címo es posible obtenerlos

( agricultura - PAC )

Actualmente, el régimen de pago básico se instalí como sustituyente del régimen de pago único.

Los derechos correspondientes a las tierras de cada agricultor pueden ser cedidos, intercambiándose en un nuevo mercado de compraventa de derechos de pago básico.

El régimen de pago básico es una parte importante de las política agrícola. Se trata de un sistema de ayudas dirigido a los agricultores, que sustituye al régimen de pago único antes utilizado. Para cubrir diferentes circunstancias con respecto al dominio o arrendamiento de las tierras, se ha implementado la compra y venta de los derechos de pago básico.

En qué consiste el régimen de pago básico



El régimen de pago básico está destinado a los agricultores que posean derechos de pago básico, ya sea en régimen de usufructo, propiedad o arrendamiento, y puedan justificar cada uno de los derechos con una hectárea admisible ubicada en territorio nacional.

El régimen es un sistema de ayudas desacoplado de la producciín. En cuanto a los derechos, su valor se ha establecido en referencia de la agricultura regional, de manera que pueda reflejarse de mejor forma la realidad productiva, socioeconímica y administrativa actual, además del potencial agrario.

Las regiones en las que se distribuyen los derechos, se distinguen en funciín de cuál es la orientaciín productiva que presentaba cada una de sus parcelas agrarias en la campaña de 2013 tomada como referencia; el potencial productivo agrario basado en los rendimientos; y el impacto socioeconímico de determinadas producciones en las comarcas agrarias.

Címo vender o comprar derechos de pago básico



Como se ha mencionado, estos derechos pueden ser cedidos, sin obligatoriamente vender las tierras, lo cual ha creado un mercado de compraventa de derechos de pago básico, en el que MercaderechosPAC cumple un rol fundamental. Lo que hace es gestionar el intercambio entre vendedores y compradores, de manera que pueda hacerse la operaciín sin inconvenientes y de manera rápida y eficaz.

En el caso de emprender una venta de derechos, a través de la página deberá establecerse el cídigo de la regiín en la que se encuentra, junto al número de la cantidad de derechos que se quieren poner en venta. Además, también habrá que rellenar un formulario con los datos personales. Mercaderechos, entonces, se encargará de encontrar compradores idíneos lo más rápidamente posible, simplificando la tarea para el vendedor.

Para adquirir los derechos, por otro lado, el proceso es similar. Se debe indicar el cídigo de la regiín donde se desean adquirir los derechos, además de la cantidad.

En base al formulario, Mercaderechos realizará un análisis de cuál es la demanda exigida de los compradores de derechos PAC. Esto lo consiguen gracias a que disponen de colaboradores en todo el territorio nacional, factor crucial para poder actuar como intermediarios con mayor efectividad en el mercado de la compraventa de derechos de pago básico.




Qué cantidad de derechos básicos se le asigna a cada agricultor



Por lo general, en el territorio español el número máximo de derechos de pago básico asignados a cada agricultor se iguala al número de hectáreas admisibles que han sido declaradas en su solicitud de ayuda. Es importante que este número no supere la cantidad de hectáreas admisibles declaradas en su solicitud de ayuda de la campaña anterior, es decir, de 2013.

A quiénes se destinan los derechos de pago básico



En la campaña actual y según la Política Agrícola Común 2015-2020 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaciín de España, los derechos de pago básico han sido destinados a todos aquellos agricultores que cumplieron con una serie de condiciones específicas. Entre ellas, se encuentran las siguientes:

  • Ser agricultor activo.

  • Haber solicitado la asignaciín de los derechos de pago básico, a través de la Solicitud Única de Ayudas 2015, en forma y plazo.

  • Haber tenido derecho a recibir algún pago directo en la campaña 2013.



  • Aquellos agricultores que han sido asignatarios en 2014 y hubieran vuelto a solicitar el acceso a la asignaciín en la Reserva Nacional 2015 de pago básico, también podrían ser los beneficiarios.
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    Sección del artículo: agricultura - PAC

    Fecha de inserción: 25-09-2019 a las 21:16:18